lunes, 9 de noviembre de 2009

VESTIGIOS ARQUEOLÓGICOS Y PALEONTOLÓGICOS: LEGISLACIÓN VIGENTE Y CRITERIOS DE ACTUACIÓN EN CASO DE DESCUBRIMIENTO (I)


INTRODUCCIÓN

Por todos es conocido el uso reiterado de las cuevas como lugares de refugio y habitación, tanto por animales como por poblaciones humanas, desde edades geológicas remotas hasta la actualidad. La causa de tales usos viene dada por sus inmejorables condiciones, dado que las cavidades, además de ser lugares resguardados que ofrecen protección, apenas muestran oscilaciones de temperatura, siendo siempre estas más benignas que las habidas en el exterior.
Dichos ecosistemas han permanecido prácticamente inalterados hasta fechas muy recientes. No fue hasta la segunda mitad del siglo XX cuando la práctica de la espeleología como deporte empezó a generalizarse en España, actividad esta que aunque ha implicado el descubrimiento de múltiples yacimientos, llevados a cabo por espeleólogos comprometidos, también ha supuesto el deterioro irreversible de otros tantos, fruto del vandalismo o del desconocimiento. Hasta entonces, y a excepción de la visita de científicos e investigadores interesados en los orígenes de la tierra y del hombre, tales como De Sautuola, Breuil, Laming-Emperaire, Leroy Gourhan o Pérez de Barradas, entre otros, las únicas incursiones humanas reiteradas en la historia contemporánea derivaban de la actividad pastoril cuya incidencia en el medio ha sido escasa, siendo pocas las cuevas que han sido utilizadas y adaptadas como viviendas hasta la actualidad. Este hecho contrasta significativamente con la situación de yacimientos ubicados en el exterior, donde las probabilidades de ser destruidos o afectados han sido mayores a consecuencia del crecimiento de las ciudades y el aumento de infraestructuras tales como carreteras o vías de ferrocarril.

Si a ello añadimos que la matriz sedimentaria alcalina del substrato calcáreo habido en ellas es apta para una buena conservación de restos óseos (no así los sustratos yesíferos donde su salinidad los destruye rápidamente), nos encontramos con lugares de especial interés paleontológico y arqueológico.
En este apartado intentaremos explicar la necesidad e importancia de respetar y salvaguardar nuestro patrimonio geológico e histórico, explicaremos de forma resumida la legislación promulgada en España con esta finalidad, con algunas referencias a la legislación autonómica, y resolveremos las dudas mas frecuentes acerca de cómo debemos actuar en caso encontrar restos arqueológicos o paleontológicos dentro de una cavidad.


Genaro Ferrer Mejías
Sección de Conservación de Cavidades del GEGET
Foto: Antonio Ortigosa

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